Sunday, February 27, 2022

Ayotzinapa: February 26, 2022 Open Letter to Arizona Senators Synema and Kelly



TONATIERRA
Human Rights Commission

PO Box 24009  Phoenix, AZ 85074 
www.tonatierra.org 
Contact: Tupac Enrique Acosta

chantlaca@tonatierra.org

 

February 26, 2022


Arizona Senator Kyrsten Synema

3333 E. Camelback Rd, Suite 200

Phoenix, Arizona 85018

Arizona Senator Mark Kelly

2201 E. Camelback Rd, Suite 115

Phoenix, AZ 85016



Dear Arizona Senators Synema and Kelly,

 

On September 24, 2021, we submitted a Freedom of Information Request along with the WATER PROTECTOR LEGAL COLLECTIVE requesting disclosure of records related to the case of the Forced Disappearance of the 43 Ayotzinapa students on September 26, 2014, in Iguala Guerrero, Mexico.


On May 24, 2021, Mexican President Andres Manuel Lopez Obrador communicated he had received files from the United States regarding the investigation of the 2014 Ayotzinapa disappearances and subsequent criminal coverup by officials of the Mexican government. President Lopez Obrador received these files after a virtual meeting with Vice President Kamala Harris on May 7, 2021.  


The TONATIERRA Human Rights Commission has accompanied the parents and families of the 43 Ayotzinapa students for over seven years now in their attempts to bring accountability and justice to the case.

 

Although we have sent this message to both of your offices on December 26, 2021, via the email address provided on your website and the message has been confirmed to have been received, we have not had any substantive response from either of you regarding our request for assistance in terms of bringing to light the relevant information as outlined our initial FOI request.

 

We shall follow up with your offices to arrange for a meeting to discuss the particulars of the human rights issues involved.

 

Sincerely,

Tupac Enrique Acosta

TONATIERRA

 

PRESS RELEASE

Comisión Permanente Ayotzinapa

TONATIERRA Submits Freedom of Information Request to the Biden administration for US government files on the investigation of the Forced Disappearance of the 43 Ayotzinapa students missing since September 26, 2014, in Mexico

Phoenix, Arizona – Today a Freedom of Information Act request was formally submitted to the Biden Administration by TONATIERRA and the WATER PROTECTOR LEGAL COLLECTIVE soliciting disclosure of the files related to the US government’s investigation into the Forced Disappearance of the 43 students from Ayotzinapa Rural Teachers’ College missing since September 26, 2014.


YouTube:

AyotzinapArizona 26 diciembre 2021:

¡Ni perdón, Ni olvido!

************


TONATIERRA

Comisión de Derechos Humanos

PO Box 24009 Phoenix, AZ 85074

www.tonatierra.org

Contacto: Tupac
Enrique Acosta

chantlaca@tonatierra.org

 

 

26 de febrero de 2022

 

Senadora de Arizona Kyrsten Sinema

3333 E. Camelback Rd, Suite 200

Fénix, Arizona 85018

 

Senador de Arizona Mark Kelly

2201 E. Camelback Rd, Suite 115

Fénix, Arizona 85018

 

Estimados Senadores Sinema y Kelly,

 

El 24 de septiembre de 2021 presentamos una Solicitud de Libertad de Información (FOI) junto con el COLECTIVO LEGAL PROTECTOR DEL AGUA solicitando la divulgación de antecedentes relacionados con el caso de la Desaparición Forzada de los 43 estudiantes de Ayotzinapa el 26 de septiembre de 2014, en Iguala Guerrero, México.


El 24 de mayo de 2021, el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, comunicó que había recibido archivos de Estados Unidos sobre la investigación de las desapariciones de Ayotzinapa en 2014 y el subsiguiente encubrimiento criminal por parte de funcionarios del gobierno mexicano. El presidente López Obrador recibió estos archivos luego de una reunión virtual con la Vicepresidenta Kamala Harris el 7 de mayo de 2021.


La Comisión de Derechos Humanos de TONATIERRA ha acompañado a los padres y familiares de los 43 estudiantes de Ayotzinapa desde hace más de siete años en su intento de llevar la rendición de cuentas y la justicia al caso.


Aunque enviamos este mensaje a sus dos oficinas el 26 de diciembre de 2021, a través de la dirección de correo electrónico proporcionada en su sitio web y se confirmó que se recibió el mensaje, no hemos recibido ninguna respuesta sustancial de ninguno de ustedes con respecto a nuestra solicitud por asistencia en términos de sacar a la luz la información relevante como se describe en nuestra solicitud inicial de FOI.


Haremos un seguimiento con sus oficinas para organizar una reunión para discutir los detalles de los problemas de derechos humanos involucrados.


Atentamente,

 

Tupac Enrique Acosta

TONATIERRA




TONATIERRA: Open letter to Arizona Senators Sinema and Kelly - AYOTAZINAPA


TONATIERRA

Human Rights Commission  

PO Box 24009  Phoenix, AZ 85074

 www.tonatierra.org

Contact: Tupac Enrique Acosta

chantlaca@tonatierra.org

 

February 26, 2022

 

Arizona Senator Kyrsten Sinema

 

Arizona Senator Mark Kelly

 

 

On September 24, 2021, we submitted a Freedom of Information Request (FOI) along with the WATER PROTECTOR LEGAL COLLECTIVE requesting disclosure of records related to the case of the Forced Disappearance of the 43 Ayotzinapa students on September 26, 2014, in Iguala Guerrero, Mexico.

On May 24, 2021, Mexican President Andres Manuel Lopez Obrador communicated he had received files from the United States regarding the investigation of the 2014 Ayotzinapa disappearances and subsequent criminal coverup by officials of the Mexican government. President Lopez Obrador received these files after a virtual meeting with Vice President Harris on May 7, 2021.  

The TONATIERRA Human Rights Commission has accompanied the parents and families of the 43 Ayotzinapa students for over seven years now in their attempts to bring accountability and justice to the case.

Although we have sent this message to both of your offices on December 26, 2021, via the email address provided on your website and the message has been confirmed to have been received, we have not had any substantive response from either of you regarding our request for assistance in terms of bringing to light the relevant information as outlined our initial FOI request.

We shall follow up with your offices to arrange for a meeting to discuss the particulars of the human rights issues involved.

Sincerely,

 

Tupac Enrique Acosta

TONATIERRA

Friday, February 11, 2022

Sonora, Mexico: La Lucha para defender el Rio Yaqui - Ciegos o sordos y las afrimaciones falsas del Plan AMLO

NO EXISTE PEOR CIEGO QUE EL QUE NO QUIERE VER, NI PEOR SORDO QUE EL QUE NO QUIERE ESCUCHAR....DICE UN ADAGIO POPULAR.


Justo eso pensé cuando miré el vídeo donde la Doctora Elena Burns Stuck les explica a algunas autoridades Yaquis reunidas en Vicam Pueblo el por qué el Gobierno (CONAGUA) no les puede entregar la cantidad de agua que se firmó en el decreto de AMLO.

Contrario a lo que otros funcionarios federales han venido afirmando falsamente; la Doctora Elena Burns, les habla claro y les dice, que no es tan fácil (la ley no permite, no podemos dijo ella) poder darles, los casi 700 millones de metros cúbicos anuales, que los otros funcionarios juran y perjuran, que ya les van a dar paulatinamente.

Aquí es evidente, que secretarios y asesores, no traducen ni interpretan correctamente los diálogos, que tienen con el gobierno en sus juntas. Aún no aclaran porque dejaron fuera del plan y del decreto revivir el Río Yaqui y ya metieron varios autogoles.


No es la primera ves, que funcionarios le hacen creer a los Hermanos Yaquis, que les van a dar más; de lo que en realidad, les dicen (entre líneas) con lenguaje mañoso, como acostumbra el político Mexicano.

Ya en el tema del territorio, se las habían hecho; les hicieron creer, que los "Puntos Naturales" serían devueltos a la tribu; cuando el presidente Obrador, fue muy claro en su propuesta, de hacer efectivo únicamente el decreto de Lázaro Cárdenas.

Exactamente igual pasó,con el tema del agua; el presidente propuso hacer efectivo el 50% como lo plasma el decreto Cardenista. Pero aquí, intervinieron intereses ajenos, que intentaron trasladar los derechos de agua únicamente a la presa del Oviachic, para validar el desvío de agua por el ilegal Acueducto Independencia, conectado en el Novillo.

Tampoco les están diciendo claramente, que el agua hasta hoy propiedad de la Tribu Yaqui, lo pretenden convertir en "agua prestada", al convertirlo a títulos de concesiones, basados en un padrón de usuarios, con lo cual el agua de todos, se convertirá en propiedad privada de quién ostente el título de conseción.

Palabras más palabras menos , la doctora Elena Burns les abre una oportunidad única para revisar y mejorar el malogrado decreto de creación del distrito de riego 018 ....aprovechen la recta señores Autoridades!!!!

El decreto se puede modificar sin cancelarlo....peeero! Ojo,mucho ojo, ya les pusieron la mesa de discusión(14 feb.) para después de la venida del presidente; por lo tanto, puede ser otra jugada para ganar tiempo y que el presidente no se dé cuenta de lo corto que se queda el decreto que viene a reafirmar.... Námakasia!!!!


Mario Luna Romero





YouTube:

Doctora Elena Burns, Subdirectora General de Administracion del Agua en (CONAGUA)



ESCUCHA NAMAKASIARADIO.COM!!!
http://radio.espora.org:8000/namakasiaradio.mp3


FALSO QUE EL DECRETO (DISTRITO 018) PORSI SOLO PUEDA HACER LLEGAR MÁS AGUA PARA TERRITORIO YAQUI.

Si tod@s l@s funcionari@s de la autodenominada 4T, tuvieran el valor y profesionalismo, de esta señora, otra cosa sería.

Con esta participación ĺa Doctora ELENA BURNS Subdirectora General de Administracion del Agua en (CONAGUA) se jugó su puesto. Paradojicamente la valiente mujer, es la segunda de abordo en esta institución de largo historial de corrupción.

En el proceso viciado de la discusion por los derechos de agua de la Tribu Yaqui; decir este tipo de verdades es echarse todo el alacranero encima; pues desmantela toda la creencia de que por arte de magia firmar el plan de justicia devuelve la tierra y el agua despojada historicamente por las politicas colonizadoras del Estado Mexicano.

Lamentablemente creemos que su sacrificio pudiera ser en vano; el silencio complice de secretarios,asesores y la verborrea de los otros funcionariosFederales no permiten un verdadero analisis de la gravedad de lo aqui expuesto.

En este video la SUBDIRECTORA echa abajo todos los argumentos que los defensores del mal logrado decreto de creacion del distrito 018 quiere hacer  creer a los Yoeme.

De nada le sirve a los ahí presentes, con lo firmado renunciar a los derechos de agua que se amparan en el decreto de Lazaro Cardenas; para reacomodarse al amparo de abundantes  conseciones (en teoria) que les promete el nuevo decreto de AMLO ; si antes, no echan abajo dos decretos anteriores que permiten a CONAGUA distribuir arbitraria e inequitativamente las aguas de la cuenca del Rio Yaqui ; en perjuicio de los derechos de la Tribu Yaqui.

Asi como el decreto Cardenista ampara el derecho Comunal a la tierra y al agua de los Yoemes; asi mismo, el resto de usuarios de la cuenca se amparan en el decreto de Ruiz Cortinez y otros instrumentos legales como la corrupta ley de aguas nacionales.

Luego entonces, mientras la Tribu no obligue a CONAGUA a instalar medidores en las entradas y salidas de las tres presas del sistema de presas de la cuenca; nunca sabran cuanta agua es la que les corresponde partiendo de la presa de la angostura hasta llegar al Oviachi.

Lo que buscan los operadores politicos infiltrados en el plan de justicia ordenado por el presidente es hacer que los Yoemes abandonen la lucha legal contra el Acueducto Independencia porque esto los pone en observancia internacional y obliga a la SCJN a atender inmediatamente cualquier incidente que promueva la Tribu en el tema del agua de la cuenca completa.

Ojalá que para estas horas la Subdirectora de CONAGUA siga en su puesto y que los secretarios apoyados por sus autoridades y tropa le exijan en conjunto desarrollar una estrategia de como si se podria hacer efectivo el derecho de agua que se plasma en el decreto de Lazaro Cardenas.


Decir la verdad, de frente y con argumentos como lo hizo la Doctora Elena Burns es lo que va motivar un verdadero cambio en la relacion que espera fomentar el presidente entre la Tribu Yaqui y su Cuarta Transformacion....o ustedes que opinan? Se atreverá la comision presidencial sugerir, al presidente Andres Manuel Lopez Obrador echar abajo el decreto de Ruiz Cortinez???




Thursday, February 10, 2022

Mexico: The Fourth Transformation (4T) Government of President Andres Manuel Obrador (AMLO) in Mexico exposed for Fraud

Mexico: The Fourth Transformation (4T) Government of President Andres Manuel Obrador (AMLO) in Mexico exposed for Fraud and False Promises of Water Delivery Capacity in the Rio Yaqui Territory



FALSE THAT THE DECREE (DISTRICT 018) JUST CAN SEND MORE WATER TO YAQUI TERRITORY.

If all the officials of the self-styled 4T had the courage and professionalism of this lady, it would be something else.

With this participation, Dr. ELENA BURNS Deputy Director General of Water Administration in (CONAGUA) risked her position. Paradoxically, the brave woman, she is the second in command in this institution with a long history of corruption.

In the vitiated process of the discussion for the water rights of the Yaqui Tribe; to say this type of truth is to throw all the scorpion on top; Well, it dismantles all the belief that by magic signing the justice plan returns the land and water historically dispossessed by the colonizing policies of the Mexican State.

Unfortunately, we believe that her sacrifice could be in vain; the complicit silence of secretaries, advisors and the verbiage of other federal officials do not allow a true analysis of the seriousness of what is exposed here.

In this video, the ASSISTANT DIRECTOR demolishes all the arguments that the defenders of the poorly achieved decree creating district 018 want the Yoeme to believe.

It is of no use to those present, with what was signed to renounce the water rights that are protected by the decree of Lazaro Cardenas; to rearrange themselves under the protection of abundant concessions (in theory) that AMLO's new decree promises them; if before, they do not overthrow two previous decrees that allow CONAGUA to arbitrarily and unequally distribute the waters of the Yaqui River basin; to the detriment of the rights of the Yaqui Tribe.


Just as the Cardenista decree protects the Communal right to land and water of the Yoeme; likewise, the rest of the users of the basin rely on the Ruiz Cortinez decree and other legal instruments such as the corrupt national water law.

Then, as long as the Tribe does not force CONAGUA to install meters at the inlets and outlets of the three dams in the basin's dam system, they will never know how much water is the one that corresponds to them starting from the dam of the narrowness until they reach the Oviachi.


What the political operators infiltrated in the justice plan ordered by the president are looking for is to make the Yoeme abandon the legal fight against the Independencia Aqueduct because this puts them under international observance and forces the SCJN to immediately attend to any incident that the Tribe promotes on the issue of water in the entire basin.

Hopefully by now the Deputy Director of CONAGUA will continue in her post and that the secretaries supported by their authorities and troops demand that they jointly develop a strategy on how YES, the right to water that is reflected in the Lazaro Cardenas decree could be made effective.

Telling the truth, up front and with arguments like Dr. Elena Burns did, is what will motivate a real change in the relationship that the president hopes to foster between the Yaqui Tribe and his Fourth Transformation.... or what do you think??

Will the presidential commission dare to suggest to President Andres Manuel Lopez Obrador to tear down Ruiz Cortinez's decree???


 YouTube:

Doctora Elena Burns, Subdirectora General de Administracion del Agua en (CONAGUA)

 


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FALSO QUE EL DECRETO (DISTRITO 018) PORSI SOLO PUEDA HACER LLEGAR MÁS AGUA PARA TERRITORIO YAQUI.

Si tod@s l@s funcionari@s de la autodenominada 4T, tuvieran el valor y profesionalismo, de esta señora, otra cosa sería.

Con esta participación ĺa Doctora ELENA BURNS Subdirectora General de Administracion del Agua en (CONAGUA) se jugó su puesto. Paradojicamente la valiente mujer, es la segunda de abordo en esta institución de largo historial de corrupción.

En el proceso viciado de la discusion por los derechos de agua de la Tribu Yaqui; decir este tipo de verdades es echarse todo el alacranero encima; pues desmantela toda la creencia de que por arte de magia firmar el plan de justicia devuelve la tierra y el agua despojada historicamente por las politicas colonizadoras del Estado Mexicano.

Lamentablemente creemos que su sacrificio pudiera ser en vano; el silencio complice de secretarios,asesores y la verborrea de los otros funcionariosFederales no permiten un verdadero analisis de la gravedad de lo aqui expuesto.

En este video la SUBDIRECTORA echa abajo todos los argumentos que los defensores del mal logrado decreto de creacion del distrito 018 quiere hacer  creer a los Yoeme.

De nada le sirve a los ahí presentes, con lo firmado renunciar a los derechos de agua que se amparan en el decreto de Lazaro Cardenas; para reacomodarse al amparo de abundantes  conseciones (en teoria) que les promete el nuevo decreto de AMLO ; si antes, no echan abajo dos decretos anteriores que permiten a CONAGUA distribuir arbitraria e inequitativamente las aguas de la cuenca del Rio Yaqui ; en perjuicio de los derechos de la Tribu Yaqui.

Asi como el decreto Cardenista ampara el derecho Comunal a la tierra y al agua de los Yoemes; asi mismo, el resto de usuarios de la cuenca se amparan en el decreto de Ruiz Cortinez y otros instrumentos legales como la corrupta ley de aguas nacionales.

Luego entonces, mientras la Tribu no obligue a CONAGUA a instalar medidores en las entradas y salidas de las tres presas del sistema de presas de la cuenca; nunca sabran cuanta agua es la que les corresponde partiendo de la presa de la angostura hasta llegar al Oviachi.

Lo que buscan los operadores politicos infiltrados en el plan de justicia ordenado por el presidente es hacer que los Yoemes abandonen la lucha legal contra el Acueducto Independencia porque esto los pone en observancia internacional y obliga a la SCJN a atender inmediatamente cualquier incidente que promueva la Tribu en el tema del agua de la cuenca completa.

Ojalá que para estas horas la Subdirectora de CONAGUA siga en su puesto y que los secretarios apoyados por sus autoridades y tropa le exijan en conjunto desarrollar una estrategia de como si se podria hacer efectivo el derecho de agua que se plasma en el decreto de Lazaro Cardenas.


Decir la verdad, de frente y con argumentos como lo hizo la Doctora Elena Burns es lo que va motivar un verdadero cambio en la relacion que espera fomentar el presidente entre la Tribu Yaqui y su Cuarta Transformacion....o ustedes que opinan? Se atreverá la comision presidencial sugerir, al presidente Andres Manuel Lopez Obrador echar abajo el decreto de Ruiz Cortinez???



Wednesday, February 9, 2022

TONATIERRA: Nacionalidad Indígena y Autodeterminación

Nacionalidad Indígena y Autodeterminación

Los legados del colonialismo y el Estudio de Tratados Indígenas

por el Relator Especial Miguel Alfonso Martínez

31 de enero de 2022

 

Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas de la Madre Tierra

 


 DESCARGAR PDF

En consideración a la adopción de la Resolución 48/7 “Consecuencias negativas de las secuelas del colonialismo en el disfrute de los derechos humanos” por parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU (CDH) el 8 de octubre de 2021, y la solicitud de aportes del Mecanismo de Expertos sobre el Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) como órgano subsidiario de CDH para un estudio cuyo propósito es evaluar en qué medida el artículo 37 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUPI) ha sido y está siendo implementado o considerado a nivel nacional, presentamos lo siguiente:


Fondo:


La solicitud de aportes del MEDPI se realiza de conformidad con la resolución 33/25 (2016) del Consejo de Derechos Humanos que reafirmó la resolución 69/2 de la Asamblea General del 22 de septiembre de 2014, en la que la Asamblea adoptó el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea, titulada en disputa como la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas, y también enmendó el mandato original del MEDPI para incluir la preparación de un estudio anual sobre el estado de los derechos de los Pueblos Indígenas en todo el mundo en el logro de los fines de la DNUPI, centrándose en uno o más artículos interrelacionados de la Declaración.


Durante su decimocuarta sesión en 2021, el Mecanismo de Expertos decidió preparar un estudio sobre “Tratados, convenios y otros acuerdos constructivos, entre los pueblos indígenas y los Estados, incluidos los acuerdos de paz y las iniciativas de reconciliación, y su reconocimiento constitucional” invocando el Artículo 37 de la DNUPI en la nota conceptual como la referencia singular para comentarios y envíos. El propósito de este estudio es evaluar hasta qué punto el artículo 37 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ha sido y está siendo implementado o considerado a nivel nacional.


El Mecanismo de expertos celebró un seminario virtual cerrado, los días 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2021, sobre el tema de este estudio, que servirá de base para el proyecto de estudio que presentará el Mecanismo de expertos en su sesión anual, que tendrá lugar del 11 al 15 de julio de 2022, después de lo cual se finalizará y presentará al Consejo de Derechos Humanos en su quincuagésimo primer período de sesiones en septiembre de 2022.


Aclaraciones


El colonialismo no es solamente “consecuencia negativa”. El colonialismo es un crimen en el derecho internacional. Los legados del colonialismo no son solo “consecuencias negativas” en el disfrute de los derechos humanos. El colonialismo en cualquier forma o manifestación, incluida la explotación económica, es incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales (UNGA 1514) y la Declaración Universal de Derechos Humanos. El colonialismo y el genocidio contra los Pueblos Indígenas es un crimen en curso contra la humanidad y aunque el colonialismo no se convirtió en ilegal en el sistema de soberanía estatal (Sistema Internacional de Westfalia también conocido como el sistema de la ONU) hasta la Resolución 1514 de la asamblea general en 1960, según el Derecho Internacional Tradicional de las Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas, la colonización siempre ha sido no solo una violación del espíritu común de la humanidad, sino también un crimen contra el mundo de la naturaleza y la Madre Tierra.


Solo desde la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007), con el reconocimiento de los Pueblos Indígenas como pueblos iguales a todos los demás pueblos, los procedimientos de descolonización de la ONU 1514 y ONU 1541 han estado disponibles para ser invocados en nombre del derecho de la Libre Determinación Indígena. Sin embargo, las Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas de la Madre Tierra aún no han presentado una intervención formal y ni mucho menos se han sido integrados en la agenda del Comité de Descolonización de la ONU. Esta es la evidencia contundente del legado colonial institucionalizado en el sistema de la ONU.


Como Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas de la Madre Tierra, como Nican Tlacah Cemanahuac, por la presente afirmamos nuestra Responsabilidad Humana inherente y el correspondiente Derecho Humano de libre determinación más allá de las limitaciones conceptuales y procedimentales de la arquitectura geopolítica del sistema de las Naciones Unidas y sus estados miembros, y llamamos a nuestros aliados y las Confederaciones Tradicionales de Naciones Indígenas para participar en un compromiso multilateral entre sí hacia los objetivos duales de la Paz Mundial-Paz con la Madre Tierra como base para nuestro trabajo prioritario en el ámbito internacional. Hoy resurgimos desde nuestros territorios ancestrales en la era de la crisis climática planetaria e invocamos el Mandato de los Pueblos Indígenas, llamando a todas las naciones grandes y pequeñas a reconocer, respetar y honrar la Integridad Territorial de la Madre Tierra.


Pueblo Indígena - Pueblos Indígenas: Norma Internacional - Normas Internacionales

 

El desarrollo histórico del sistema legal internacional de la ONU tal como existe hoy es en gran medida una extrapolación del nacionalismo y los protocolos internacionales que se derivan de las premisas políticas de la Cristiandad. Una característica de estos protocolos, frente a las Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas, ha sido la técnica de las reducciones, perfeccionada por el imperio español bajo la política colonial. En 2010, el Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre Cuestiones Indígenas (FPCI) abordó esto en el Estudio Preliminar sobre el Impacto de la Doctrina del Descubrimiento. Sin embargo, a pesar de los llamados del FPCI a repudiar y desmantelar la Doctrina colonial del Descubrimiento como un elemento "nefasto" y omnipresente del colonialismo en el mundo actual, la conexión lógica y necesaria con los procedimientos y protocolos apropiados para la descolonización bajo UN 1514 y UN 1541 nunca se hizo y el estudio UNPFII de 2010 se ha estancado en un purgatorio político "preliminar".


Una consecuencia obvia de este “legado negativo” del colonialismo en el continente de Abya Yala la Gran Isla Tortuga [América] ha sido la impunidad internacional concedida a los estados colonizadores sucesores de las Américas que derivan sus supuestos reclamos de integridad territorial en el hemisferio a la reclamos racistas, coloniales y legaloides bajo la Doctrina del Descubrimiento de la Cristiandad, instituida bajo las Bulas Papales Alejandrinas (1493). Alternativamente llamada como doctrina del “Regla de Agua Azul” o “Ultramar”, la colonización, el genocidio y el despojo territorial contra las Naciones Originarias continúa siendo así normalizado en el continente al ser blindado de los procedimientos de descolonización de UNGA 1514 y UNGA 1541. Hoy, en connivencia con el aparato global de consorcios corporativos de colonización, la colonia medieval se ha transformado en la zona de comercio internacional, y las Bulas Papales ahora son escritas por los representantes corporativos de comercio internacional a su servicio. En consecuencia, el derecho de las Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas a la libre determinación se reduce al de los derechos civiles o humanos como grupos étnicos o minorías bajo el marco constitucional del Estado colonizador.


Esto es relevante para el tema en consideración, porque así como se utilizó el principio de “descubrimiento cristiano” para supuestamente reclamar jurisdicción sobre los territorios y la nacionalidad de los Pueblos Indígenas no cristianos, hoy vemos que la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la ONU de 2014, que se denomina fraudulentamente Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, ha operado con el mismo efecto a nivel mundial. Esto se debe al hecho de que todos los organismos de la ONU están operando bajo el Plan de Acción de Todo el Sistema que surgió del documento final de la Reunión Plenaria de Alto Nivel de 2014, que a su vez gira en torno a la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas UNDRIP (2007).  El efecto neto es un sistema de reducción global presidido por la propia ONU.


De manera similar a como existió la Liga de Naciones antes de la ONU, el Consejo de Derechos Humanos fue precedido por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU. Fue la Subcomisión de Prevención de Discriminación y Protección a las Minorías dependiente de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU la que solicitó al Dr. Miguel Alfonso Martínez que fungiera como Relator Especial y realizara el Estudio sobre tratados, convenios y otros arreglos constructivos entre Estados y pueblos indígenas el cual presentó en forma final en 1999. El estudio de Martínez de 1999 se basaba a su vez en las recomendaciones del Estudio del Problema de la Discriminación contra las Poblaciones Indígenas de 1982 del Sr. Martínez Cobo.


Significativamente, la resolución original sobre este tema en 1987 por la Subcomisión de Prevención de Discriminación y Protección a las Minorías fue precisa y definitiva al identificar los asuntos del Tratados Indígenas con los estados colonizadores como una categoría de importancia internacional por derecho propio, y en su propia luz de evaluación aparte de los acuerdos y otros arreglos constructivos. La resolución original de la Subcomisión se titulaba “Estudio sobre los tratados celebrados entre pueblos indígenas y Estados”.


No se menciona nada de esto en la convocatoria de presentaciones del Mecanismo de Expertos MEDPI para el estudio actual. No hay referencia alguna al estudio del Tratados del Relator Especial Miguel Alfonso Martínez de 1999. Es como si Cristóbal Colón fuera el presidente del MEDPI y hubiera decidido que, vea lo que vea, es el primero en verlo.


En 1994, la Subcomisión de Prevención de Discriminación y Protección a las Minorías que trabajaba en el Proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas aprobó el Texto Original de la declaración. Este Texto Original fue el producto de muchos años de deliberación, un proceso que permitió un grado de participación significativa y decisiva de los Pueblos Indígenas de todo el mundo.


Ese mismo año, se hizo un movimiento para volver a redactar la Declaración Original bajo el Grupo de Trabajo sobre el Proyecto de Declaración (GTDB). El debate continuó durante once años más. Luego, en septiembre de 2004, el Presidente-Relator del GTDB, Louis Enrique Chavez, anunció su intención de presentar su propia versión ante la Comisión de Derechos Humanos. Esta propuesta fue cuestionada el 29 de noviembre de 2004 por una huelga de hambre/ayuno de oración de cinco días por parte de seis delegados indígenas al GTDB en la sede de la ONU en Ginebra, Suiza. Con el apoyo y la solidaridad de los Pueblos Indígenas de todo el mundo, los delegados Indígenas exigieron que el Texto Original, aprobado por la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, sea reconocido como la única versión legítima de la declaración y ser presentado como tal en el piso de la Asamblea General de la ONU. Representantes de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU (también llamada CDH) aseguraron que, si no se lograba un consenso para el final de la sesión de 2004 del Grupo de Trabajo, la única versión de la declaración que se presentaría a la Comisión en pleno sería el Texto de la Subcomisión aprobado en 1994. Con estas garantías, la huelga de hambre/ayuno de oración llegó a su fin.


Este acuerdo fue violado posteriormente y luego traicionado. 




De los 45 artículos originales en el Texto Original de la declaración aprobada por la Subcomisión en 1994, solo cuatro permanecieron sin cambios en la versión final de la UNDRIP adoptada en 2007. El Artículo 37 no es uno de ellos.


El artículo 37 de la UNDRIP, que sirve como referencia singular para el presente estudio de tratados MEDPI, se basa en la redacción del artículo 36 original aprobado por la Subcomisión y respaldado por las delegaciones indígenas en Ginebra.

 

Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías

Texto original de la subcomisión

Artículo 36

 

Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados según su espíritu y propósito originales y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y arreglos.  Las controversias que no puedan arreglarse de otro modo serán sometidas a los órganos internacionales competentes acordados por todas las partes interesadas.


Conclusión


Antes de la convocatoria de la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General en 2014, se llevó a cabo una Reunión Preparatoria Indígena de la ONU en Alta, Noruega, del 10 al 12 de junio de 2013. La siguiente intervención del pleno de la Conferencia de Alta fue presentada por uno de los delegados indígenas:

 

“Hacemos un llamado a la restitución de los materiales y testimonios de fuentes primarias que se prestaron al sistema de las Naciones Unidas como fundamentales para la prueba en forma de documento de la acusación de la sistémica naturaleza (sistema a sistema) de las relaciones jurídicas entre las Naciones de Pueblos Indígenas y los estados miembros del sistema de la ONU a propósito del Estudio del Tratados realizado por el Dr. Miguel Alfonso Martínez de Cuba.

 

Dicha entrega debe ser un acto inicial de buena fe en términos del proceso continuo de documentación sistémica entre las Naciones de los Pueblos Indígenas y el sistema de la ONU antes y como un acto de condición necesario para permitir la participación plena y efectiva de los Pueblos Indígenas en la Reunión Plenaria de Alto Nivel en igualdad de condiciones y sin discriminación sistémica en el proceso de elaboración del Documento Final de la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General de 2014”.

 



Esta intervención nunca se registró en los informes oficiales de la Conferencia de Alta, y mucho menos se integró en el documento final de Alta, ni fue considerada por los estados miembros de la ONU en su Reunión Plenaria de Alto Nivel de 2014, llamada fraudulentamente Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas.


Reconociendo el período 2021-2030 como el Cuarto Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo designado por la Asamblea General, ahora volvemos a presentar el Estudio de Miguel Alfonso Martínez de 1999 a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, a la luz del principio de que la prohibición de la discriminación es un norma preferente en el derecho internacional, y que como Pueblos Indígenas somos iguales en derecho a todos los demás pueblos, incluido el derecho a la Autodeterminación y a un medio ambiente limpio, sano y sostenible para las generaciones futuras.


Hacemos un llamado a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU para que revise y renueve las plataformas del sitio web de la ONU para permitir que el Estudio de Tratados de Miguel Alfonso Martínez de 1999 sea fácilmente accesible para todos, así como el estudio precursor Cobo de 1982.


Nos comprometemos a continuar con nuestro Grupo de Trabajo Internacional de Pueblos Indígenas, y así como cuando el Relator Especial Miguel Alfonso Martínez visitó nuestros territorios para los propósitos de su Estudio del Tratado, no seremos disuadidos en nuestros esfuerzos para continuar el desarrollo de estándares internacionales que reconozcan, respetar y proteger nuestro derecho a la libre determinación como Naciones Originarias de los Pueblos Indígenas de la Madre Tierra. En términos de estándares internacionales, en un contexto plural y multilateral contemporáneo, no nos limitaremos a la versión comprometida de la UNDRIP de 2007, bajo la cual el MEDPI está sujeto a las restricciones establecidas por el Plan de Acción de Todo el Sistema que fue dictado y luego suscrito por la Reunión Plenaria de Alto Nivel de 2014 y sus secuaces.


Los principios originales de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas han sido subvertidos de la trayectoria de entregar una Convención Internacional sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas a un esquema de reducción global, una estafa geopolítica que intentaría domesticar nuestros derechos colectivos inherentes como Pueblos Indígenas bajo los sistemas estatales definidos dentro de jurisprudencia y jurisdicción de cada país.


Con la intención de garantizar la rendición de cuentas y la eficacia en la lucha global para erradicar el colonialismo, nos comprometemos ahora a hacer realidad la recomendación hecha por el Relator Especial Martínez en su informe final de establecer un Registro de Tratados que reconstituya los materiales originales recopilados por el Relator Especial, e integrar nuestros propios sistemas geopolíticos indígenas de jurisgenesis, jurisprudencia, jurisdicción y juicio.


 

 


 

TONATIERRA

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Reporte Final:

Estudio sobre los tratados entre los Estados y Los Pueblos Indigenas 1999

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La Integridad Territorial de la Madre Tierra


Recomendación para el 13º período de sesiones del
Foro Permanente de la ONU para las Cuestiones Indígenas
12-23 de mayo de 2014
Sede de las Naciones Unidas, Nueva York


Saludos cordiales,

Fundamental al derecho de nacionalidad como miembros de las Naciones de los Pueblos Indígenas de Abya Yala, la Gran Isla Tortuga, tal y como estipula el artículo 6 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la personalidad internacional evidenciada inequívocamente por el estatus de ser Signatarios de Tratados Internacionales en el estudio del ONU sobre tratados elaborado por Dr. Alfonso Martínez (1999), el derecho colectivo de los pueblos indígenas de su propia nacionalidad es un derecho de responsabilidad como Pueblos Originarios más allá del límite contextual y jurisprudencial del Sistema Westfalia (1648) de soberanía de los estados. 
 

Se trata de un derecho colectivo, similar a la forma en que el sistema actual de las Naciones Unidas de reconocimiento mutuo como Estados soberanos a escala internacional proporciona el marco legal de la supuesta jurisdicción de los Estados de forma tanto individual como colectiva en la dimensión global bajo el sistema de la ONU.  La jurisprudencia que articula el derecho de Nacionalidad como Pueblos Indígenas de los pueblos indígenas es también una proyección de una jurisdicción a nivel mundial, con responsabilidades mutuas hacia la Integridad Territorial de la Madre Tierra y el bienestar de las generaciones futuras. La distinción radica en que nuestros Derechos de Nacionalidad emergen de la cognición colectivo de conocimiento, y por lo tanto del RECONOCIMIENTO de nuestra responsabilidad como UNA de las naciones (de dos pies) de entre TODAS las RELACIONES con quienes compartimos colectivamente como sociedad humana, la responsabilidad de actuar complementariamente dentro el entorno del Mundo Natural que compartimos por igual.

Somos Naciones Originarias de la Madre Tierra y no consentiremos ser rebajados o dominados por el régimen de los Gobiernos-Estados del Sistema de las Naciones Unidas como poblaciones dependientes, o como meros grupos étnicos o minorías.