Sunday, December 6, 2020

Chile: Escaños Reservados para los Pueblos Indígenas y Libre determinación Mapuche

RENE SAFFIRIO ESPINOZA

Diputado de la República de Chile.

C/ Copia. Integrante de la Comisión Mixta sobre Escaños Reservados para Pueblos Indígenas.

Presente/

 


De mi mayor consideración.

 

Mediante la presente le trasmito a usted y a todos los integrantes de la “Comisión Mixta de la Cámara de Diputados y Senadores sobre los Escaños Reservados para los Pueblos Indígenas”. A este respecto, hago llegar nuestras profundas preocupaciones, teniendo en cuenta que hay una ineludible experiencia internacional sobre los Escaños Reservados, asimismo, hay una contundente experiencia en América Latina y el Caribe en relación a los reconocimientos constitucionales de los Pueblos Indígenas que se han derivado, tanto de nuevas constituciones políticas y de reformas constitucionales, sin embargo, las tensiones y controversias no han sido subsanadas y por ello, el derecho internacional ha arribado a un “Consenso” y ha puesto a disposición de los Pueblos Indígenas y de todas las partes interesadas el derecho a la “Libre determinación” como fórmula apropiada para rectificar cuestiones injustas y establecer relaciones institucionales aceptables entre los Estados y los Pueblos Indígenas. Sin embargo, alrededor de la reforma constitucional sobre los Escaños Reservados simplemente el Parlamento Chileno ha omitido éste y otros derechos, dando la impresión a la opinión pública que están abordando y decidiendo cuestiones novedosas, sin embargo, cuya iniciativa ha fracasado a nivel internacional.

 

Lamentablemente la casta política Chilena representada en el Parlamento, está actuando en la misma lógica del pasado y en la aplicación de la doctrina de la negación con los Pueblos Indígenas y sus derechos. Ahora definitivamente ustedes deben entender y aceptar que el derecho internacional ha reconocido los derechos fundamentales en varias normas como es la “libre determinación, el derecho a la restitución y reparación al territorio y sus recursos, los Tratados o Parlamentos Mapuche, la soberanía indígena, el derecho al conocimiento y propiedad intelectual sobre los recursos genéticos, el consentimiento previo libre e informado. Todo esto conforman un “estatuto jurídico” que han sido establecido en dos normas internacionales, tanto en la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas y en la Declaración Americana sobre derechos de los Pueblos Indígenas de la OEA del cual fui co-legislador.

 

El sentido común nos indicaría que una reforma constitucional sobre los escaños reservados ayudaría a resolver las antiguas y actuales tensiones y controversias en las relaciones entre el Estado Chileno y los Pueblos Indígenas, sin embargo, la transgresión a cuestiones previas y elementales que conforman el “estatuto jurídico” que disponen los Pueblos Indígenas, pareciera que se adoptará una medida constitucional “temporal y de parche”, tal como sucedió en la era final de la dictadura militar del General Pinochet en donde se intentó hacer creer que la “democracia”, la “ley indígena 19.253”, una institucionalidad CEPI y CONADI y un presupuesto económico resolverían definitivamente las injustas relaciones históricas entre el Estado y los Pueblos Indígenas, a 30 años usted y todos los integrantes de la Comisión Mixta conocen que todo fue una medida de parche e hicieron actuar a los indígenas en una especie de barra brava a favor de los partidos políticos, afortunadamente hoy no hay apoyo público de parte del movimiento Mapuche a los Escaños Reservados, salvo excepciones personales.

 

No entraré a los asuntos de la Consulta Indígena, debido, a la posición política que ha manifestado el Senador Alfonso de Urresti, quien ha sostenido reiteradamente que “no sería necesaria la consulta por su carácter temporal”, sin embargo, ese argumento resulta abiertamente tramposo y ligero, porque las decisiones que eventualmente se adoptarán bajo la figura institucional de “Escaños Reservados” tendrán un carácter permanente y continuo en la nueva constitución política del Estado de Chile y afectará a la actual y futura generación de personas indígenas. Asimismo, no abordaré las cuestiones de la “Comisión Técnica”, que sin disponer de ningún tipo de mandato, excepto de sus amigos en el Congreso, sustituyo a los Pueblos Indígena y su soberana participación, lo que a partir de ese hecho le quita absoluta legitimidad a los Escaños Reservados, tampoco entraré a las cuestiones relativas a las consecuencias jurídicas del Consentimiento Previo Libre e Informado que constituyen los mecanismos y recursos de los Pueblos Indígenas para cautelar sus derechos y que el Parlamento Chileno lo ha transgredido. Asimismo, la Comisión Mixta ha desatendido abiertamente la Resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos CIDH, que le pide a los Estados y en especial a Chile que, no adopte medidas legislativas en contexto de Pandemia.

 


A pocas horas de tomar una decisión final sobre los Escaños Reservados para los Pueblos Indígenas, pero “sin los indígenas”, se ha planteado la importancia de un “Padrón Especial Indígena” PEI, este asunto está estrechamente relacionado con la legitimidad, la Soberanía indígena, el conocimiento previo sobre los postulantes a constituyente bajo la figura de los Escaños Reservados. El estableciendo de un Padrón Indígena, es una condición previa y elemental para verificar el interés de las personas indígenas y su relación con el Estado Chileno, de lo contrario cuya decisión será de carácter arbitrario y externo que de ninguna manera supera la vieja práctica del oprobioso paternalismo, el colonialismo derivando en nuevas formas de domesticación con los Pueblos Indígenas y sus derechos.

 

El establecimiento de los Escaños Reservados, afecta intrínsecamente la voluntad soberana de una persona indígena, porque lo están obligando a votar de una manera previamente direccionada y en el mejor de los casos induciendo a que deben votar por un indígena, sin que eventualmente haya afinidad con la persona postulante al Escaño Reservado. Vuestra decisión constituiría una ilegalidad, considerando que de manera previa y externamente le han sustituido su voluntad soberana a las personas de origen indígena. Asimismo, si obtiene una baja votación el constituyente indígena no tendrá la suficiente legitimidad, es el caso ejemplificador de los consejeros de CONADI.

 

Señores integrantes de la Comisión Mixta, invitaría a cada uno de ustedes que conozcan la situación de Colombia en donde se establecieron los escaños reservados desde hace 30 años atrás y en ese país el escenario del conflicto armado y otras prácticas irregulares se realizan en los territorios de los Pueblos Indígenas, la mayor violación a los derechos humanos incluido las masacres suceden permanentemente y los escaños reservados no han sido eficaces, porque solo se ha instaurado una institución radicado en la persona indígena, pero completamente vacío en el reconocimiento y protección de los derechos colectivos. Esta conocida situación internacional y aparentemente novedosa para la casta política en Chile, se podría repetir considerando que nadie de los que promueven la idea de los Escaños Reservados, ha manifestado de manera sincera y públicamente qué derechos se establecerán en la nueva constitución política, exceptos algunas consignas ligeras. No basta la instauración de los Escaños Reservados, sino, se requiere certeza en el establecimiento de los derechos que ya están estipuladas en las normas citadas. De lo contrario se experimentará muy prontamente la situación del “Estado Plurinacional del Ecuador”, en donde las “Nacionalidades Indígenas” no están conforme con ese nuevo Estado, porque no tienen atribuciones ni mandato político para determinar su futuro, a raíz de la instauración de la supremacía del Estado Plurinacional y que se ha convertido en la implementación de las nuevas y modernas formas de domesticación y colonialismo con los Indígenas.

 

Entiendo perfectamente que la casta política Chilena luego del estallido social del 18 de octubre 2019, intente empatizar con la ciudadanía y los Pueblos Indígenas, pero no es motivo para inducir a los Pueblos Indígenas y los Mapuche a una relación de subordinación institucional al destino de los vecinos Chileno que legítimamente transitan hacia un proceso constituyente iniciado el 25 de octubre 2020 y que bajo el argumento de la participación están empujando a los Pueblos Indígenas abandonar los derechos adquiridos internacionalmente. La nefasta política sobre amarres previos de carácter constitucional, el Pueblo Chileno tiene una dolorosa experiencia con la constitución del 80 de la dictadura militar del General Pinochet, que tuvo que suceder un estallido social para comenzar un cambio constitucional. En este sentido, esperamos que el Pueblo Mapuche y los Pueblos Indígenas no tengan que efectuar actos similares para hacer respetar sus derechos adquiridos internacionalmente y que ahora se ve avasallado institucionalmente.

 

La experiencia práctica indica que hay camino más saludable políticamente para la participación de los indígenas en el proceso constituyente del Pueblo Chileno y que no comprometen la colectividad, ni a la presente y futuras generaciones de los Pueblos indígenas, tampoco la soberanía, ni omite el consentimiento previo libre e informado, ni afecta el derecho a la libre determinación entre otros derechos, como sería una participación bajo la figura de constituyentes independientes.

 

Los Mapuche y sus organizaciones nos sentimos responsables del presente y nuestro futuro, por lo mismo, exhortamos a la Comisión Mixta a que no impongan medidas arbitrarias e ilegales carente de legitimidad y respeten los derechos de los Pueblos Indígenas adquiridos internacionalmente, entre otras formas, los procesos constituyentes de los Pueblos Indígenas y de los Mapuche en particular, que al amparo del derecho a la libre determinación se encuentran redactando su “Estatuto Político” para determinar su futuro político y establecer formas de entendimiento institucional con el Estado Chileno bajo el derecho y el principio de la libre determinación.

 

 

AUCAN HUILCAMAN.

Encargado de las Relaciones Internacionales

Consejo de Todas las Tierras.

 

Wallmapuche, Walung Kuyen 04 de diciembre de 2020.

 


 

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