Itilmaloyan Abya Yala
Arquitecturas de los Estados y la Integridad Territorial de la Madre Tierra
Descolonización
de la Madre Tierra
Arquitecturas
de los Estados
y la
Acuerdo
de Principios y Propósito
Reunidos en
la Cumbre de los Pueblos Frente el Cambio Climático, en Lima, Perú y en la
plena realización de la urgencia por acción definitiva basado de nuestras prerrogativas
mutuamente compartidos como Pueblos de la Madre Tierra, que incluyen los
Derechos Humanos de las generaciones futuras, y en la afirmación de nuestras
responsabilidades igualmente compartidas a la Madre Tierra como comunidades
emparentados por ella en todo el planeta, nos dirigimos a la Cumbre COP20 (2014) y la
totalidad de la sociedad humana a PROCLAMAR:
Las
arquitecturas de los Estados y sus Acuerdos son insuficientes, incompetentes y
no representativos de nuestra voluntad política y nuestra autodeterminación
como pueblos de la Madre Tierra para abordar las causas sistémicas del cambio
climático con el enfoque integral y equitativo necesario para evitar el colapso
de ecosistemas y la TERRACIDIA.
Como Pueblos
de la Madre Tierra, colectivamente determinamos a regenerar las relaciones
entre nosotros mismos dentro de un clima cultural de Respeto Mutuo, la
Inclusión, la Complementariedad y la Libre Determinación más allá de las
limitaciones actuales de los sistemas internacionales de la soberanía de los Estados
y en la responsabilidad para el bienestar de la las generaciones futuras;
Reconociendo
que a menos que esta dimensión fundamental de las relaciones internacionales
entre las sociedades humanas a nivel planetario sea reconocido, establecido y afirmado, no habrá progreso
sostenible para hacer frente de manera eficaz y en tiempo frente el escenario
de Caos Climático que ahora acontece toda la Humanidad debido al impacto sobre
Clima Global exacerbado por las emisiones de gases de efecto invernadero por la
sociedad industrial y las industrias extractivas en particular, y en
complicidad con los gobiernos nacionales de los estados y los sistemas
internacionales monetarios y las instituciones existentes.
Por lo tanto
proclamamos y por la presente reafirmamos en Responsabilidad colectiva como
Pueblos de la Madre Tierra, en Igualdad con todos los Pueblos, nuestro derecho
colectivo de Representación y Libre determinación para abordar las cuestiones
antes de la COP20 mas allá de las limitaciones de la arquitectura de los
Estados y sus acuerdos.
Además
afirmamos y proclamamos en el ejercicio plena, efectiva, y completo de nuestra
Derecho de Libre determinación compartida igualmente como Pueblos de la Madre
Tierra, que nuestra sagrada Madre Tierra es sujeto del Derecho de Libre
determinación más allá de las limitaciones jurídicas del sistema Westfaliano deSoberanía de los Estados representados en el sistema de las Naciones Unidas y
las arquitecturas internacionales de personalidad y los procedimientos de
negociación y acuerdos;
Por lo tanto:
Declaramos
nuestra INTERDEPENDENCIA y Solidaridad como pueblos de la Madre Tierra y
exigimos el reconocimiento, el respeto y la protección de los constituyentes
particulares y integrales de nuestros Pueblos de la Madre Tierra como se
representa en nuestras responsabilidades para con la cuencas Tierra:Agua y El
Mar (hidrosfera) del planeta, más allá de las limitaciones inconexas y
corruptos del sistema Westfaliano de soberanía de los estados representados en
el sistema de las Naciones Unidas y las actuales arquitecturas internacionales
de personalidad y los procedimientos de negociación y acuerdos;
Tales
principios de Reconocimiento, el Respeto y la Protección a continuación, se
instituyeran para abordar las responsabilidades ecológicas corolarios como
están inscritos en las cuestiones climáticas de las interrelaciones del
Viento:Sol, es decir, los sistemas energéticos atmosféricas y planetarias de la
Madre Tierra, tanto naturales como tecnológicos, incluyendo las emisiones de
gases de efecto invernadero.
En
cumplimiento de lo que afirmamos y ahora proclamamos nuestro compromiso mutuo
de defensa y protección de la Integridad Territorial de la Madre Tierra como un
principio fundamental del Derecho Internacional que integra el Derecho a la
Libre Determinación de las Naciones de Pueblos Originarios para intervenir en
la defensa de la Madre Tierra y tomar las medidas correctivas necesarias en el
ejercicio pleno del derecho de Consentimiento Libre, Previo e Informado en
defensa de sus territorios y naciones.
Minga Mundial de los Medios
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